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Programa de Clemencia

Una de las novedades de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia ha sido la introducción en nuestro sistema de los programas de clemencia, ya puestos en práctica con éxito en Estados Unidos y en la Unión Europea. El programa de clemencia es un poderoso instrumento en manos de las autoridades de defensa de la competencia para la detección de los cárteles, en cuanto atentados más dañinos contra la competencia.

La clemencia puede beneficiar a aquellas empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNC la detección del cártel, siempre que no hayan sido las instigadoras del mismo y pongan fin a su participación en la conducta prohibida.

El programa de clemencia supone, para las empresas que forman parte de un cártel una suerte de vía de salida, ya que, si cumplen determinados requisitos, podrán beneficiarse de la exención o reducción en el pago de la multa que les habría correspondido por su participación en el acuerdo prohibido.

Es muy importante para las empresas, en el programa de clemencia, la diligencia a la hora de presentar sus solicitudes de clemencia, puesto que la exención en el pago de la multa se concede sólo a la primera empresa. A las que se acojan en segundo lugar y sucesivos disfrutarán de reducciones cada vez menores de la multa.

Aun cuando en las Indicaciones de clemencia se aclara cómo presentar estas solicitudes y la tramitación confidencial de éstas, con carácter previo a su presentación, si se estima oportuno por parte del solicitante requerir la asistencia del personal de la Dirección de Investigación de la CNC respecto a cómo presentar dichas solicitudes, se han habilitado los siguientes números de teléfonos para el programa de clemencia:

+ 34 91 536 90 58

+ 34 91 536 90 24

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